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Bases y condiciones

 

 

 

Enjambre Transmedia es un Festival de VideoArte y Cine Experimental que alimenta una mirada sobre los bordes y su comunidad.

Su primer Festival se proyectó en conjunto con el Museo de Arte Contemporáneo de Bahía Blanca en mayo del 2022. En esta edición participaron trabajos de México, Alemania, Francia, y Argentina. 

Enjambre así se transforma en una espacio donde pensar el videoarte y el cine experimental, tomando al territorio, la memoria, y lo comunitario como centro de las indagaciones poéticas. 

“Tumultuosas reinterpretaciones que mantienen el presente abierto en una incesante pugna de lecturas y sentidos.” (Nelly Richard)

Enjambre así es un registro oficial de un imaginario abierto por la propia mirada que no puede subtitularse. Un espacio de cruces, de historias que fueron escuchadas pero que ya están ausentes,  ficciones que creamos en torno a nuestras historias. En ese palimpsesto entre lo que se registra de lo que se inventa y lo que se escucha  es que creamos un archivo, de lo que es necesario recordar, o escuchar de ser posible una vez.

“En este acontecimiento no es posible determinar quien habita el centro, quien la periferia, quién es el Señor del acontecer o quien es su siervo. Este acontecer no admite ninguna perspectiva central. Nadie ocupa una posición desde la cual se lo pueda observar” (Byung-Chul Han)

Nos proponemos escapar a la construcción de estructuras narrativas que puedan adelantar el pensamiento, ya sea en formato de guión o relato. La performance, las entrevistas, el archivo, lo documental aparece como la excusa para acercarse a una práctica artística que empodera la variación como método.

“La continuidad de la historia es de los opresores mientras que la historia de los oprimidos es una discontinuidad” (W. Benjamin)

Enjambre Transmedia se abre así a artistas, video-realizadores, documentalistas, artivistas, cineastas, militantes territoriales y comunitarios, comunidades que entiendan en la imagen en movimiento un territorio de tensión en el cual intervenir.

“La continuidad de la historia es de los opresores mientras que la historia de los oprimidos es una discontinuidad”

(W. Benjamin)

REGLAMENTO GENERAL

I – DE LOS Y LAS PARTICIPANTES

Art. 1° – Podrán participar de la Plataforma Enjambre (a partir de ahora “PE”) artistas, videorealizadorxs, docentes, artivistas, poetas, cineastas, documentalistas en forma individual o colectiva, mayores de 18 años, (en adelante “ARTISTA” o “COLECTIVO”). El sólo envío de la presentación por el formulario de inscripción  dejará constancia que el/la ARTISTA o COLECTIVO acepta todas las condiciones del presente reglamento. Dicha presentación/aplicación tendrá carácter de Declaración Jurada, bajo responsabilidad del/as interesado/a o interesados/as. Los colectivos deberán nombrar un/a representante (uno/a de sus integrantes) quien será el/la responsable legal ante la plataforma. 

II – DE LA ADMISIÓN DE OBRAS Y PROYECTOS

Art. 2º –

  1. a) Se admitirán proyectos u obras (o conjunto de obras que estén articuladas bajo una misma propuesta poética/conceptual) de Artistas o Colectivos de artistas, en formato video no importando su duración, con o sin estructura dramática. Pudiendo ser registros de performances, videoperformance, ensayos, videopoemas, videominuto, videos comunitarios, acciones colectivas, registros documentales, documentales, ficciones, video musicales, series, u otros formatos que impliquen como soporte el video o imagen en movimiento.
  1. b) La aplicación se realiza por proyectos. Cada proyecto puede estar comprendido por una obra. De contar con más de un proyecto el ARTISTA o COLECTIVO deberá cargar un formulario por cada proyecto.
  1. c) El/la Artista que aplique al de manera individual podrá, a la par, formar parte de presentaciones colectivas.
  1. d) En el caso de que la obra o proyecto utilizara material de terceros, el/la ARTISTA o COLECTIVO deberá contar con la autorización correspondiente del/a propietario/a para su uso.

Art. 3° –No serán admitidas las siguientes obras o proyectos:

  1. a) Las que no se ajusten a lo dispuesto en los Artículos 2º
  1. b) Las de artistas que sean menores de 18 años.
  1. c) Las que utilicen material de terceros sin la debida autorización.

III – DE LA POSTULACIÓN y PRESENTACIÓN DE LAS OBRAS Y PROYECTOS

Art. 4º – La aplicación deberá realizarse de manera excluyente a través del formulario en línea. Con la sola aplicación, los/las participantes reconocen ser los únicos/as autores intelectuales y responsables por la autenticidad de los datos suministrados a los organizadores por cualquier reclamo que pudiera generarse con motivo de la inexactitud o falsedad de esta declaración, debiendo mantener indemne al Equipo de Enjmabre frente a cualquier reclamo de terceros.

En el caso de que un/a mismo/a artista realice una presentación individual y participe de la presentación de un colectivo, se deberá realizar una aplicación independiente por cada proyecto a presentarse. Una por la obra o proyecto individual y otra por la obra o proyecto del Colectivo.

Art. 5º – La correcta recepción del envío será confirmada al/a Artista o Colectivo por correo electrónico exclusivamente.

Art. 6º – El envío de la obra o proyecto por parte del/la Artista o Colectivo implicará, por sí solo la aceptación total del presente reglamento y demás bases y condiciones.

Art 6.1º – La fecha límite para envíar las postulaciones para la Proyección en 2Museos – Museo de Arte Contemporaneo de Bahía Blanca (Argentina) es hasta el 30 de abril 2022 ; 23:59 hora de Buenos Aires. Las postulaciones que lleguen posterior a esa fecha no se considerarán para esa proyección. 

Art 6.2º – La proyección en 2Museos – Museo de Arte Contemporaneo de Bahía Blanca (Argentina) será en el mes de mayo 2022 de forma presencial. 

IV – DEL EQUIPO DE SELECCIÓN CURATORIAL

Art. 7º – El equipo de selección curatorial estará integrado por el Equipo de la PE o quienes consideren competentes para dicha tarea.

Art. 8º– El equipo de selección estudiará individualmente todas las postulaciones presentadas, y dará a conocer vía correo electrónico la decisión de sumar o no el proyecto presentado a PE.

V– DE DERECHOS, RESPONSABILIDADES, OBLIGACIONES Y PENALIDADES

Art. 9º – La simple participación por parte del/la Artista o Colectivo de la presente apliación implica el conocimiento y la aceptación del reglamento en su versión completa y en todas sus partes, como así también el deber de colaborar con la Plataforma Enjambre  proveyendo con la celeridad debida toda la documentación requerida con el objeto de cumplir sus disposiciones.

Art. 10º – El/la Artista o Colectivo participante declara y acepta que la propuesta presentada y Obra o Proyecto a desarrollar es de su autoría, y no viola ley, norma o contrato vigente.

Art. 11º – El/la Artista o artistas del Colectivo seleccionade será responsable único/a ante cualquier reclamo de eventuales derechos de autor que invoque un tercero/a, manteniendo indemne a Plataforma Enjambre, miembros, directores, administradores, ejecutivos, como al profesional acompañante y asesor.

En el caso que dicha propuesta, obra o proyecto contenga derechos protegidos de terceras partes, el/la Artista o Colectivo participante declara que cuenta con la debida autorización de esos titulares de derecho, para todas las obligaciones asumidas y contraídas conforme este Reglamento. Si la propuesta, obra o proyecto, reprodujera en forma parcial o total obras literarias, dramáticas, musicales, cinematográficas, televisivas, radiofónicas, coreográficas, pantomímicas, o cualquier otra obra con derechos propiedad intelectual vigentes, los participantes deberán resolver y pagar los derechos o aranceles que correspondieren ante los organismos o representantes correspondientes, aceptando que la Plataforma Enjambre miembros, directores, administradores, ejecutivos, como el profesional acompañante y asesor no asume ninguna responsabilidad a ese respecto y a quienes desligan de toda co responsabilidad, debiendo mantener indemne a todos ellos frente a cualquier reclamo de terceros.

VI – DERECHOS DE REPRODUCCIÓN, catálogo, publicaciones y comunicación

Art. 12º – La Plataforma Enjambre se reserva el derecho de uso o divulgación de la información personal y/o del proyecto cuando ésta sea necesaria para difundir cualquier hecho relacionado con la difusión de Plataforma Enjambre o dar respuesta a cualquier requerimiento judicial o legal.

Art. 13º – El/la Artista o Colectivo se compromete a ceder sin cargo a Plataforma Enjambre los derechos de exhibición y reproducción gráfica, sonora y audiovisual de la Obra o Proyecto para la prensa, difusión y actividades relacionadas con PE en diferentes medios y plataformas sin límite temporal alguno.

-Todos los/las artistas participantes prestan su expresa conformidad a la difusión pública, promoción y exhibición de su obra o proyecto, parcial o totalmente, en los medios gráficos, electrónicos y/o televisivos asociados o no a la imagen de la Plataforma Enjambre, dentro de los límites establecidos por la ley 11.723, cediendo los derechos de reproducción gráfica, sonora y audiovisual de su proyecto en todo lo concerniente a la difusión de su trabajo y la Plataforma www.enjambre.ar y en todas las presentaciones y medios, como también en instancias y con fines educativos, respetándose los derechos sobre autoría que dicha  ley establece, pero sin derecho a compensación alguna.

Art. 14° – Toda cuestión o circunstancia que no estuviese prevista en el presente Reglamento, así como también las dudas interpretativas con relación a la aplicación del mismo, serán resueltas por la Plataforma Enjambre y su decisión, resolución e interpretación será definitiva, irrevocable e inapelable.

Los interesados también podrán consultar vía correo electrónico a plataformaenjambre@gmail.com